Se publica Ley N°21.498 de trabajo a distancia o teletrabajo para embarazadas en caso de estado de excepción o alerta sanitaria

Santiago de Chile, 16 de noviembre 2022

El día de hoy se ha publicado en el Diario Oficial la Ley N°21.498, que establece trabajo a distancia o teletrabajo para mujeres embarazadas en los casos que indica.

La mencionada ley reemplaza el antiguo inciso final del artículo 202 del Código del Trabajo, estableciendo que en caso de haber sido declarado estado de excepción constitucional de catástrofe, calamidad pública o alerta sanitaria por epidemia, pandemia o enfermedad contagiosa, el empleador deberá ofrecer a la trabajadora embarazada la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo mientras dure la excepción constitucional.

Lo anterior debe ser sin reducción de remuneraciones y siempre que la naturaleza de las funciones de la trabajadora lo permita. Además, la trabajadora debe consentir en ello.

Si la naturaleza de las funciones de la trabajadora no es compatible con el teletrabajo, el empleador de acuerdo con la trabajadora embarazada deberá destinarla a labores que no requieran contacto con el público o con terceros que no realicen labores en su lugar de trabajo, siempre que ello sea posible y no deberá implicar un menoscabo para la trabajadora.

Recordamos que actualmente la denominada viruela del mono no ha sido declarada pandemia, por lo que no se aplicaría la ley por ella. Con todo, cabe hacer presente que la citada ley tiene vigencia inmediata.

 
Anterior
Anterior

Entra en vigencia nueva ley de extensión de permiso postnatal parental

Siguiente
Siguiente

Circular de SUSESO modifica instrucciones sobre accidentes del trabajo graves y fatales