Nueva ley establece modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para el cuidado de niños y personas con discapacidad en caso de alerta sanitaria

Santiago de Chile, 24 de noviembre del 2021

En caso de que la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o alerta sanitaria por una pandemia a causa de alguna enfermedad contagiosa, el empleador deberá ofrecer alguna de estas modalidades a los dependientes que tengan el cuidado personal de niños o personas en situación de discapacidad.

Publicada hoy en el Diario Oficial, la Ley Nº 21.391 modifica el Código del Trabajo, agregando un nuevo artículo 206 bis, el que establece la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo durante la vigencia de una alerta sanitaria o estado de excepción por calamidad pública.

En ese sentido, la medida aplica a todos los trabajadores que cumplan con al menos uno de los siguientes requisitos, sin reducción de remuneraciones y en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan:

- Que tengan a su cuidado uno o más niños en edad preescolar. En este caso, si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos podrá optar por el teletrabajo o trabajo a distancia, a elección de la madre.

- Que tengan a su cuidado uno o más niños menores de 12 años, en caso de que un estado de excepción resuelva el cierre de establecimientos de educación básica o impida la asistencia a los mismos. En este caso, será obligación del trabajador entregar a su empleador una declaración jurada en que dé cuenta que ejerce el cuidado sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta, y se mantendrá vigente durante todo el tiempo en que se mantenga el estado de excepción, salvo acuerdo de las partes.

- Que tengan a su cuidado personas en situación de discapacidad, lo que deberá ser acreditado a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o credencial, o que dé cuenta de la calidad de asignatario de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.

Es importante destacar que, en Chile sigue vigente la alerta sanitaria por COVID-19, por lo que estas disposiciones tendrán implicancia directa en el trabajo desarrollado en estos momentos, al menos en lo que respecta a trabajadores al cuidado de niños en edad preescolar y de personas en situación de discapacidad.

Con todo, debe tenerse presente lo preceptuado en la Ley N°21.342, relativa al protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo, y que colisiona con la norma en comento, en cuanto mandata la implementación de teletrabajo o trabajo a distancia, sin reducción de remuneraciones y en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita, cuando el trabajador tenga a su cuidado a un menor de edad -sin especificación de edad- o a una persona con discapacidad, en cuyos casos el empleador deberá implementar la modalidad respectiva dentro de 10 días de notificada la condición del trabajador, pudiendo reclamar este del incumplimiento ante la Dirección del Trabajo.

Por tanto, las principales diferencias que presentan una y otra ley son las siguientes:

1. La Ley N°21.391 distingue entre personas al cuidado de un preescolar y menor de 12 años; mientras que la Ley N°21.342 hace referencia sólo a personas al cuidado de un menor de edad.

2. La Ley N°21.342 establece un plazo para implementar la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia que la nueva ley no contempla.

Las diferencias entre las leyes citadas y la forma de proceder en estos casos no han sido definidas, por lo que deberemos esperar la interpretación que realice la Dirección del Trabajo al respecto.

 
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