Revisa los plazos laborales próximos a vencer

Santiago de Chile, 27 de diciembre del 2021

En vigencia desde el 28 de octubre de este año, la Ley Nº 21.327, que moderniza a la Dirección del Trabajo, da la obligación al empleador de mantener los datos y documentación laboral en el registro electrónico de ese servicio. Revisa también los plazos para cumplir con la Ley Nº 21.015 de Inclusión Laboral y la franquicia tributaria por capacitación.

1. Ley que moderniza la Dirección del Trabajo

El registro está disponible en la página web de la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl), y tiene una parte obligatoria y otra voluntaria.

En la parte obligatoria, ya está vigente el registro de los Contratos de Trabajo celebrados después de la entrada en vigor de la ley (1 de octubre, 2021); y el Libro de Remuneraciones Electrónico.

Los demás aspectos obligatorios de la ley entrarán en vigencia según las siguientes fechas:

a. Martes 28 de diciembre, 2021:
- Modificaciones al contrato de trabajo (Anexos de Contrato)
- Terminaciones de contrato de trabajo
- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

b. Sábado 28 de mayo, 2022:
- Comité Paritario de Higiene y Seguridad
- Comité Bipartito de Capacitación

c. Sábado 30 de abril, 2022:
- Contratos de Trabajo celebrados hasta antes del 1 de octubre de 2021 (fecha de entrada en vigor de la Ley Nº 21.327)

d. Lunes 28 de noviembre, 2022:
- Pactos Especiales de Condiciones de Trabajo
- Sanciones en Contra de los Trabajadores

e. Miércoles 28 de junio, 2023:
- Instrumentos Colectivos de Trabajo
- Registro de Asistencia, Feriados, Licencias y Permisos del Trabajador

En la parte voluntaria, las fechas de entrada en vigencia son:

a. Lunes 28 de noviembre, 2022:

- Finiquito laboral

b. Jueves 28 de julio, 2022:
- Sentencia Judicial en que se Declare la Existencia de Empleador Único.

2. Ley de Inclusión Laboral

Establece una reserva del 1% de contrataciones para personas en situación de discapacidad -o que sean asignatarias de pensión de invalidez en cualquier régimen previsional- en empresas con más de 100 trabajadores.

Los plazos para el cumplimiento de esta ley son:

a. Viernes 31 de diciembre:
- Cumplir con el 1% de la contratación anual de trabajadores contratados en situación de discapacidad, o asignatarios de pensión de invalidez.

b. Enero de 2022:
- Informar a la Dirección del Trabajo de la medida alternativa para el cumplimiento de la normativa, en aquellos casos en que no se logre el 1% de la reserva de contratación.

3. Franquicia tributaria por capacitación

Las empresas tienen hasta el 31 de diciembre para informar a la Dirección del Trabajo de los cursos de capacitación que realicen para formar parte del beneficio de franquicia tributaria de este año.

 
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