Entrada en vigencia de modificaciones a la Ley de Tránsito

Santiago de Chile, 10 de noviembre 2023

En septiembre de este año se publicó la Ley Nº21.601, que modifica la Ley de Tránsito para evitar la venta de vehículos motorizados robados y otras conductas.

La modificación a la Ley de Tránsito (Nº18.290) fija normas relativas a la adquisición y circulación de vehículos motorizados, y establece la obligación de grabar la placa patente de vidrios y espejos laterales, entre otras. La ley entró en vigencia en septiembre, aunque respecto a ciertas obligaciones se dictó vigencia diferida, y a partir de hoy se prohíbe la venta y carga de combustible a vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente trasera o delantera.
 
La próxima obligación que entrará en vigencia en enero de 2024 para vehículos nuevos, es la de grabar en forma permanente la placa patente del vehículo en los espejos laterales, vidrios y otros. Para vehículos antiguos, la exigencia partirá en septiembre del próximo año.
 
Les recordamos las principales modificaciones establecidas en la Ley Nº21.601:
 
1. Inscripción en el Registro Civil:

  • Quien adquiera un vehículo motorizado debe solicitar su inscripción en el Registro Civil, presentando el título de dominio.

  • Si la solicitud se basa en una factura de primera venta, esta debe ser emitida por empresas autorizadas por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

 
2. Retiro de circulación:

  • Vehículos sin permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, certificado de revisión técnica al día, o con placa patente oculta, en mal estado, o con el número de identificación del vehículo adulterado, retirados de circulación por Carabineros o Inspectores Municipales.

  • Los vehículos retirados serán puestos a disposición del Juzgado de Policía Local, que es el organismo encargado de decidir la devolución al propietario, tras la obtención de la placa patente.

 
3. Placa patente única grabada:

  • Todos los vehículos motorizados deben tener su placa patente única grabada de forma permanente en vidrios y espejos laterales

 
4. Otras prohibiciones:

  • Uso, adosamiento o conducción con luces o focos no permitidos por la ley.

 
5. Sanciones y clasificación de infracciones:

  • Sanciones para quienes conduzcan vehículos con placa patente falsa, adquieran vehículos con identificación adulterada, o conduzcan vehículos con VIN adulterado.

  • Infracciones menos graves: uso indebido de luces y conducción sin casco protector se consideran infracciones menos graves.

  • Infracciones graves: conducir sin la placa patente grabada, casco protector o demás implementos de seguridad, o vender vehículos sin el grabado.

Agravante del delito de robo y hurto: utilizar vehículos motorizados en delitos de robo y hurto sin placas, con placas ocultas o con vidrios oscuros se considera agravante.

 
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