Ministerio del Trabajo y Previsión Social Establece el tope imponible para el pago de cotizaciones a la AFC, AFP, Salud y ley de accidentes del trabajo a contar del 1 de febrero de 2022

Santiago de Chile, 16 de febrero del 2022

Con fecha 16 de febrero de 2022 se han publicado en el Diario Oficial las resoluciones exentas N°11 y 12, del 9 de febrero de 2022 de la Subsecretaría de Previsión Social y Superintendencia de Pensiones, que establecen el tope imponible para el pago de cotizaciones a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), AFP, Salud y de la ley de accidentes del trabajo, a contar del 1 de febrero del presente año.

En dicho sentido, las citadas resoluciones establecen que el límite máximo imponible reajustado en el caso de AFC se mantendrá en 122,6 Unidades de Fomento, mientras que el límite máximo imponible para AFP, Salud y ley de accidentes del trabajo se mantendrá en 81,6 Unidades de Fomento, a contar del 1 de febrero de 2022, dejando sin efecto las resoluciones Nº 2 y 3, del 7 de enero de 2022.

 
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