Reconocimiento de la sordoceguera como discapacidad única

Santiago de Chile, 3 de enero del 2022

Publicada hoy en el Diario Oficial, la Ley Nº 21.403 le da un nuevo estatus a la condición, y promueve la plena inclusión social de las personas sordociegas. Aún se espera un pronunciamiento oficial con las medidas concretas que deban tomar las diversas instituciones

La nueva ley modifica la Ley Nº 20.442, que establece normas sobre la igualdad de oportunidades de inclusión social de personas con discapacidad. Con el cambio, se reconoce la sordoceguera como discapacidad única, obligando a las instituciones públicas y privadas (dentro de las que se encuentran las empresas) a establecer condiciones para que las personas sordociegas puedan “acceder, concurrir y comparecer ante ellas con intérpretes de lengua de señas o guías intérpretes, según sea el caso y corresponda, previa acreditación de esta condición.”

Con la nueva legislación, el Estado reconoce como sistemas de comunicación oficial la dactilología, el sistema braille, técnicas de orientación y movilidad y otros sistemas de comunicación alternativos reconocidos, según lo establecido en el reglamento dictado para estos efectos por los Ministerios de Educación y Desarrollo Social y Familia. Las personas sordociegas serán libres de elegir el o los sistemas que deseen utilizar para comunicarse en su vida cotidiana.

En la Ley Nº 21.403 se establece un plazo de 6 meses para que el Estado formule los reglamentos y guías para la capacitación continua de guías intérpretes, y de los diferentes sistemas de comunicación oficial reconocidos recientemente. Se espera la publicación de un reglamento o dictamen para aclarar las medidas concretas que deban tomar las empresas, dependiendo del área o tipo de actividad, así como en relación a los trabajadores. Informaremos oportunamente sobre estas reglamentaciones a fin de determinar el ámbito de aplicación de esta nueva normativa.

 
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