Reajuste del Ingreso Mínimo Mensual a $350.000, a contar del 1 de enero de 2022

Santiago de Chile, 11 de enero del 2022

La ley 21.360 publicada en junio de 2021, dispuso el incremento automático del Ingreso Mínimo Mensual (IMM) en el mes de enero de 2022, según el crecimiento de la actividad económica.

De acuerdo a lo informado por el Banco Central, el IMACEC desestacionalizado aumentó un 6,8% entre el período comprendido entre mayo y noviembre de 2021, por lo cual, el Ingreso Mínimo Mensual aumentará a $350.000 a contar del 1 de enero de 2022, conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 7° de la Ley N°21.360.

Adicionalmente, se deberán elevar en la misma proporción en que aumentó el Ingreso Mínimo Mensual los siguientes conceptos: (1) el Ingreso Mínimo Mensual para trabajadores menos de 18 años de edad y mayores de 65 años; (2) el Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneracionales; (3) la Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y (4) el Subsidio Familiar establecido en el artículo 1° de la Ley N° 18.020, esto es, el subsidio familiar para personas de escasos recursos.

En definitiva, dichos montos serán los siguientes:

1. Ingreso Mínimo Mensual para trabajadores menos de 18 años de edad y mayores de 65 años: $261.198

2. Ingreso Mínimo Mensual para efectos no remuneracionales: $225.698

3. Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, la que tendrá los siguientes valores por tramo:

- De $14.371 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $353.356.

- De $8.819 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $353.356 y no exceda de $516.114.

- De $2.788 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $516.114 y no exceda de $804.962.

- Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $804.962, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas.

4. Subsidio Familiar: $14.371.


Por último, y según lo informado por la Superintendencia de Pensiones, el valor de los topes imponibles para el cálculo de las cotizaciones obligatorias de los sistemas de AFP, salud y ley de accidentes del trabajo seguirá en 81,6 Unidades de Fomento (UF) durante el año 2022, mientras que el del seguro de cesantía se mantendrá en 122,6 UF.

 
Anterior
Anterior

Congreso despacha a Ley Proyecto sobre trabajo mediante plataformas digitales

Siguiente
Siguiente

Reglamento para evaluacion y calificación del grado de invalidez