Presidente Piñera anuncia un nuevo Ingreso Familiar de Emergencia Laboral

Santiago de Chile, 11 de agosto del 2021

La máxima autoridad anunció la extensión del IFE durante octubre y noviembre, y la creación del IFE Laboral, para todos los trabajadores que encuentren empleo formal durante 2021.

IFE Laboral

El anuncio consiste en un subsidio entregado directamente a los trabajadores que a) cuenten con un nuevo contrato de trabajo a partir de agosto de 2021, y b) cuya Remuneración Mensual Bruta (RMB) no exceda 3 Ingresos Mínimos Mensuales, equivalente a $1.011.000.

El nuevo IFE Laboral no es incompatible con otros subsidios. Para mayor información, está disponible el sitio web subsidioalempleo.cl

Los montos del beneficio se dividirán en dos tramos, con distinción por género y edad:

- 50% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 para hombres mayores de 24 años.
- 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 para mujeres; jóvenes entre 18 y 24 años; hombres mayores de 55 años; personas con discapacidad certificada; y asignatarios de pensión de invalidez.

Plazos

Para trabajadores que actualmente reciben el Subsidio al Nuevo Empleo, se mantendrá la duración original del subsidio por hasta 6 meses:

- A partir del pago del mes de septiembre de 2021, el trabajador beneficiario recibirá el 50% o 60% de su Remuneración Bruta Mensual, con los topes de $200.000 o $250.000 mensual, según corresponda. Estas condiciones se mantendrán hasta el pago del mes de diciembre de 2021.

- A partir del mes de enero de 2022 se restituirán las condiciones originales del beneficio en caso que el beneficiario tuviera derecho a pagos en enero y febrero de 2022.

Los trabajadores dependientes que inicien una nueva relación laboral con contrato de trabajo, y que postulen al beneficio a partir de septiembre de 2021, tendrán derecho al IFE Laboral por hasta 4 meses.

Fechas de postulación y vigencia

El IFE Laboral tendrá vigencia hasta diciembre de 2021. La primera fecha de postulación al IFE Laboral es en septiembre del año en curso.

Si el contrato inicia:

- Entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre, la postulación debe realizarse en septiembre

- Entre el 1° de septiembre y 31 de octubre, la postulación debe realizarse en octubre

- Entre el 1° de octubre y el 30 de noviembre, la postulación debe realizarse en noviembre

- Entre el 1° de noviembre y el 31 de diciembre, la postulación debe realizarse en diciembre

 
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