Se publica ley que establece la calidad recíproca de carga familiar entre cónyuges
Santiago de Chile, 4 de junio del 2021
Se permite que ambos cónyuges actúen como titular o carga en los sistemas público y privado de salud, y modifica las normas sobre sistema único de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantía.
Tras su aprobación en el Congreso, fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº 21.337, que establece que cualquiera de los cónyuges podrá ser carga del otro en el Régimen Público y el Sistema Privado de Salud, por lo que ya no solo la mujer podrá percibir los beneficios de ser carga familiar.
La nueva normativa también modifica el decreto con fuerza de ley N° 150 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija las normas sobre sistema único de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantía para los trabajadores de los sectores privado y público, estableciendo que él o la cónyuge podrán ser causantes en sistema único de prestaciones familiares.