Ministerio de Hacienda establece medidas de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas

Santiago de Chile, 23 de junio del 2021

Publicadas el 17 de junio en el Diario Oficial, las leyes 21.353 y 21.354 fijan medidas y bonos para ayudar a las Pyme durante el periodo de emergencia sanitaria por COVID-19.

Apoyo Pymes

Medidas tributarias

La Ley 21.353 establece cuatro medidas de carácter tributario en apoyo a aquellas empresas que estén adheridas al régimen Pro Pyme del artículo 14, letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

1. Disminución Transitoria del Interés penal de 1,5% a 0% por deuda fiscal. A partir del 1 de julio, y hasta el 31 de diciembre de 2021, las deudas fiscales devengarán 0% de interés en caso de mora en el pago de todo o una parte de alguna clase de impuesto o contribuciones, girado por el SII o el organismo que corresponda.

2. Devolución de remanente de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado a Pymes. Se trata de un anticipo líquido del crédito fiscal para las empresas que tengan remanente por compras durante los meses de junio, julio y agosto de 2021. Da la opción de solicitar por única vez un reembolso del remanente acumulado de IVA de crédito fiscal.

3. Extensión de vigencia de patentes provisorias en materia de Ley de Rentas Municipales por un año, a contar del 1 de julio de 2021. La prórroga se terminará inmediatamente si se pusiere término al decreto supremo Nº 4 del Ministerio de Salud, que establece la alerta sanitaria y sobre el que está basado el Estado de Excepción Constitucional por el brote de COVID-19.

4. Flexibilidad en los Convenios de Pagos con la Tesorería General de la República y municipalidades, por deudas fiscales de impuestos internos y municipales, de modo tal que entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de este año tampoco se devengarán intereses ni multas respecto a convenios que se encuentren al día y vigentes.

Bonos con cargo fiscal

Por otra parte, la Ley 21.354, establece cuatro bonos de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas, mediante transferencia directa con cargo al fisco, para empresas (entidades jurídicas, sociedades o personas naturales con régimen empresarial individual) acogidas al Régimen Pro Pyme, los que no estarán afectos a impuestos.

El decreto exento Nº 240 lista 56 rubros especiales que podrán optar a los bonos descritos en la Ley 21.354, siempre y cuando cumplan con los requisitos fijados en la normativa.

1. Bono alivio a Mypes. Bono de hasta $1 millón para empresas que hayan hecho inicio de actividades a partir del 31 de marzo de 2020, que hayan tenido ventas por al menos dos meses -las que no podrán superar las UF 25.000 anuales- y tengan como mínimo un trabajador contratado.

2. Bono adicional variable. Bono de hasta $2 millones para personas naturales y jurídicas que hayan hecho inicio de actividades en 1º categoría hasta el 31 de marzo de 2020. Se calculará en función de un criterio multiplicador de hasta tres veces el promedio del débito fiscal calculado durante el periodo de 12 meses del año 2019.

3. Bono para el pago de cotizaciones para empresas de hasta 49 trabajadores. Se trata de una transferencia líquida única, equivalente al total de recargo por cotizaciones previsionales que resulte de comprender el mes de mayor carga previsional entre enero, febrero y marzo de 2021, o del último mes que registre cotizaciones declaradas y no pagadas.

Cualquiera de los bonos se podrá pedir desde el 2 de julio de este año a través del portal Mi Pyme del SII, u otras plataformas de esa naturaleza.

Si la persona natural o titular de una empresa individual de responsabilidad limitada es de sexo registral femenino, se aumentará en hasta un 20% el bono de alivio a Mypes y el bono adicional variable.

Este servicio es presentado por Provoste Matamala Abogados en alianza con ATF Group, firma especializada en temas tributarios.

 
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