Ley N°21.430 sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia

Santiago de Chile, 17 de marzo del 2022

Con fecha 15 de marzo de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.430 que tiene por objeto la garantía y protección integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en especial de los Derechos Humanos que les son reconocidos.

Para efectos de esta ley se entiende por niño o niña a todo ser humano hasta los 14 años de edad, y por adolescente a los mayores de 14 y menores de 18 años.

La citada ley establece en el Párrafo Segundo un catálogo de derechos y garantías, destacando en materia laboral la protección contra la explotación económica y el trabajo infantil, además del derecho a la seguridad social.

En cuanto al trabajo infantil la Ley N°21.430 establece que “Se entiende por trabajo infantil todo trabajo que priva a los niños, niñas y adolescentes de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico”. En dicho orden de ideas, se prohíbe la utilización de niños, niñas y adolescentes en cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpezca su educación, así como también, aquellos que sean nocivos para su salud o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

Por otra parte, y respecto al derecho a la seguridad social, la ley en comento establece que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser inscritos o a inscribirse y beneficiarse del Sistema de Seguridad Social. Para ello la Administración del Estado deberá poner a disposición de los niños, niñas y adolescentes, o de sus padres, madres o cuidadores legales, una variedad de medios que garantices el acceso rápido y oportuno de los beneficios, junto a una credencial que los acredite como beneficiarios.

En consecuencia, la Ley N°21.430 debe ser interpretada y aplicada en concordancia con lo establecido en los artículos 13 a 18 del Código del Trabajo, así como también el Decreto Supremo 50, toda vez, que contiene nuevos conceptos y definiciones que pueden afectar la implementación de un sistema de trabajo de menores de edad.

 
Anterior
Anterior

Dirección del Trabajo se pronuncia sobre el registro de traspaso de trabajadores

Siguiente
Siguiente

Vacunación obligatoria contra influenza para el año 2022 a grupo de población que indica